Eliminación de barreras arquitectónicas 

Desde la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal llevada a cabo en el año 2003, la realización de obras o el establecimiento de nuevos servicios comunes  tienen como objetivo la supresión de barreras arquitectónicas.

¿Es necesario tener un porcentaje determinado?

NO existe la necesidad de un porcentaje determinado, estos elementos pueden ser instalados por mera conveniencia o comodidad para los propietarios del inmueble. Sin embargo, en caso de falta de acuerdo entre éstos y, de cara a la utilización de los recursos legales previstos en casos de discapacidad, se considera que valdría únicamente con contar con una minusvalía declarada de al menos el 33 %.